PODER DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN CONYUGAL

                                                                                                                                                       matrimonio                      BIENES CONYUGALES

Son los que pertenecen a ambos cónyuges por igual, independientemente de quién de los dos los haya obtenido y lo normal es que para disponer de ellos baste con que el negocio jurídico lo acuerde uno de los dos cónyuges siempre y cuando exista la aceptación del mismo por parte del otro cónyuge. Ya que para realizar actos de disposición a titulo oneroso siempre es exigible el consentimiento de ambos cónyuges, es por esto que se hace necesario, dejar un poder de administración de los bienes conyugales, cuando se toma lo decisión de irse del país por separado, de esta manera el cónyuge que queda podrá vender,cobrar deudas, hacer traspaso, nombrar apoderados si fuere necesario.

Aquí les dejaré:

Modelo Poder General de Administración y Disposición de nuestros bienes comunes a mi Cónyuge

Yo,_, Venezolano, mayor de edad, casado, con Cédula de Identidad Nro. V-_, Ingeniero Químico, con domicilio en __, Municipio , Estado , y hábil, por medio del presente instrumento declaro: Que le doy Poder general de Administración y Disposición de nuestros bienes comunes a mi Cónyuge, ___, Venezolana, mayor de edad, con Cédula de Identidad Nro. V-, Abogada, del mismo domicilio y hábil, para que en nuestro nombre y representación pueda con nuestros bienes comunes muebles o inmuebles que nos pertenecen y que nos puedan pertenecer en un futuro: vender, donar, comprar, otorgar fianzas, garantías, avales, comprometer, otorgar poderes de representación; retirar cualquier cantidad de dinero en mi/o nuestras cuentas bancarias, obligar nuestro patrimonio conyugal ante instituciones bancarias, entidades financieras, de ahorro y préstamo, organismos públicos o privados, representarme o representarnos en instituciones o situaciones semejantes o iguales a las anteriores, además de las facultades generales inherentes a todo administrador, tendrá especialmente las siguientes: Cobrar y recibir cantidades de dinero que se me adeuden; otorgar y firmar finiquitos y cancelaciones pudiendo extenderlos en documentos públicos o privados; admitir y dar daciones en pago, traspasos de créditos de cualquier naturaleza, sustituciones de deudores o de garantías; Convenir en ampliaciones, reducciones o limitaciones de garantías personales o reales que se me tengan dadas o que se me dieren en el futuro; celebrar contratos de préstamos, como deudor o como acreedor, dando o recibiendo las cantidades respectivas y haciendo o recibiendo los pagos correspondientes; comprar o vender bienes muebles o inmuebles, fijando el precio y forma de pago de los mismos y recibirlo o pagarlo; otorgar toda clase de documentos públicos o privados firmando los originales y protocolos correspondientes ante cualesquiera funcionarios u Oficinas de Registro; constituir y librar cualesquiera especie de gravamen sobre la propiedad inmobiliaria; Celebrar cualesquiera especie de contrato pura y simplemente o bajo condición ó a término; constituir compañías de cualquier naturaleza sean civiles o mercantiles, interviniendo en las segundas, bien como socio o comanditario socio; suscribir acciones de cualquier naturaleza en las compañías constituidas o que se constituyan en el futuro, ejerciendo la plena representación de las mismas y en fin realizar todas aquellas acciones o negociaciones jurídicas que yo mismo haría, cuanto sea conveniente para incrementar y obligar nuestra comunidad de bienes, Igualmente, podrán mi mandante sustituir este poder, pero reservándose siempre su ejercicio, en Abogado o Abogados de su confianza. Teniendo en cuenta que las facultades otorgadas aquí en este documento son meramente enunciativas y no taxativas.- Así lo digo, otorgo y firmo ante la autoridad competente, hoy a fecha de su presentación.ESPOSOS


Una respuesta a “PODER DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN CONYUGAL

  1. sali de venezuela con el permiso de viaje si ahora quiere moverme del pais donde estoy ahora a otro pais con mi menor hijo, debo tener un poder para hacerlo o se supone que no me pidan nada?

    Me gusta

Deja un comentario